Creo que las redes sociales son una herramienta valiosa en nuestra sociedad y pueden ser beneficiosas para los menores, ofreciendo a los menores la oportunidad de conectarse con amigos y familiares, incluso a distancia, mientras descubren nuevas pasiones e intereses y se conectan con otros jóvenes que compartan los mismos intereses.
Además, pueden ayudar a desarrollar habilidades digitales que les serán útiles en el futuro, pero su uso excesivo puede ser perjudicial para su bienestar, pues el uso excesivo de las redes sociales también puede afectar la educación y la capacidad cognitiva de los menores.
Es importante establecer límites adecuados para los contenidos. Los padres deben ejercer una responsabilidad adecuada al establecer los límites, porque en situaciones extremas, pueden incluso perder la custodia de sus hijos al exponerlos a los peligros que esconden por detrás de las pantallas, con el avanzo de la tecnología, en algunos casos un menor puede estar hablando con un adulto, que le puede influenciar y llevarlos a situaciones muy peligrosas.
Por este motivo es de crucial importancia que los progenitores o tutores de los menores establezcan límites claros sobre el uso de las redes sociales, educándoles sobre cómo utilizarlas de manera responsable las plataformas.
Es importante crear un ambiente de confianza y comunicación para que los menores puedan contar con el apoyo adecuado en caso de algún problema en línea. También es importante establecer una alternativa para que los menores puedan obtener un beneficio y aprendizaje de las redes sociales sin volverse adictos a ellas.
Por otro lado, en España existen leyes para proteger a los menores del mal uso de las redes, Ley de la regulación sobre privacidad y seguridad de menores en redes sociales que está amparada por el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) de la Unión Europea.
La Ley Orgánica de Protección de Datos y Garantía de Derechos Digitales, aprobada en 2018, que establece, entre otras cosas, la protección de los menores en las redes sociales.
Además, la Ley de Protección Integral a la Infancia y la Adolescencia frente a la Violencia, aprobada en 2015, que también establece medidas para proteger la seguridad y privacidad de los menores en línea.
Asimismo, la ley orgánica 08/2021 de 4 de junio de protección integral a la infancia e la adolescencia freten a violencia, establece el deber de comunicación de la existencia de contenidos en Internet que constituyan una forma de violencia o abuso sobre los niños, niñas o adolescentes, sean o no constitutivos de delito, en tanto que el ámbito de Internet y redes sociales es especialmente sensible a estos efectos.
Simone Benevides
Referencia Bibliográfica
https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2021-9347
https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2018-16673
https://commission.europa.eu/law/law-topic/data-protection/data-protection-eu_es

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